La profunda e interesante discusión pública que ha suscitado la próxima sentencia del Tribunal Constitucional con respecto a la protección del derecho a la vida del niño que está por nacer (Art. 19 nº1 ) tiene, paradojalmente, un ausente y sujeto principal de la misma: el niño que está por nacer. La norma constitucional que garantiza a todas las personas los derechos que establece, protege y defiende el derecho a la vida de aquellos que no tienen voz, pero que en el silencio del vientre de sus madres gritan por su existencia y derecho a nacer. Así la Constitución Política del Estado se constituye en un baluarte en la defensa de los derechos humanos, originarios y anteriores al Estado y su regulación jurídica, siendo el fundamento de todos ellos el derecho a la vida.
Pbro. Francisco Javier Astaburuaga Ossa
Doctor en Derecho Canónico