La decisión de Amnistía Internacional apoyando el aborto no se condice con la función de promover el respeto de los Derechos Humanos que se dice promover. En este sentido, la propia respuesta de Amnistía Internacional a la carta enviada por ?Muévete Chile? a favor de la vida y contra el aborto, confirma que la actuación de esta organización viola derechos fundamentales inherentes a la naturaleza humana. En efecto, expresamente afirman que la organización actuará para que los Estados "faciliten a todas las personas información completa en materia de salud sexual y reproductiva".
Este concepto muy utilizado a nivel internacional lleva implícito la aceptación y aprobación del aborto en cualquiera de sus formas. Lo que queda de manifiesto cuando a reglón seguido afirman que actuarán para que los Estados: "deroguen las leyes que permiten acusar, encarcelar o imponer otras sanciones penales a las mujeres por procurar un aborto o someterse a él". Esto significa una clara y fragante intromisión en la soberanía de cada Estado al imponer desde fuera normas y procedimientos contra un derecho humano fundamental como es el derecho a la vida garantizado en varios ordenamientos jurídicos nacionales violando el Derecho Internacional que manda respetar la vida del que está por nacer a través del Pacto de San José de Costa Rica de 1969 que en su art. 4º señala: "Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción".
Por lo tanto es falsa la afirmación de Amnistía Internacional cuando dicen respetar el Derecho Internacional en lo que respecta a la vida del niño que está por nacer. Pues viola además los siguientes Acuerdos Internacionales: el art. 1 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre de 1948 cuando expresa: "Todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona". El art. 3º de La Declaración Universal de los Derechos Humanos cuando en su art. 3 dice: "Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona". El Convenio Europeo de Derechos Humanos de 1953 cuando en su art. 2 expresa: "El derecho de toda persona a la vida está protegido por la ley". El art. 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas en vigor desde el año 1976 cuando señala: "El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente" y el considerando tercero de la Declaración de los Derechos del Niño de la ONU del año 1959 que señala: " la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento" del niño. Los derechos humanos son originarios en el hombre y anteriores al Estado. Y éste último sólo debe propender a su cabal cumplimiento y regulación. De este modo, en consecuencia, el respeto a la dignidad de la persona humana es una obligación para cada hombre y con mayor rigor para una organización que se dice promover y defender los derechos humanos en el mundo.
Tales principios ponen de manifiesto que toda ley que atenta contra ese derecho fundamental a la vida es injusta, privada de auténtica validez jurídica y, como tal, permite una legítima objeción de conciencia. El drama inherente al aborto es una cuestión sin discusión. Más aún cuando lo dramático del acto afecta no sólo a la madre del niño que está por nacer sino que, especial y definitivamente, a este último, absolutamente indefenso ante su agresor que actúa sobre seguro.
El aborto sólo agrava el daño y la agresión ya sufrida por la mujer cuando es víctima de un delito o peligra su vida generando en ella graves consecuencias psicológicas con el síndrome post aborto, pues no sólo ha sido victima de una agresión injusta a través de un acto delictual sino que además vuelve a sufrir una segunda agresión causando la muerte de un ser inocente y que es su propio hijo. Debemos acompañar y apoyar a cada mujer que se vea afectada por cualquier tipo de agresión que atente contra su dignidad pero no le causaremos más dolor asesinando a su propio hijo que lleva en su vientre. El aborto es un crimen de lesa humanidad. Y el derecho a la vida es el fundamento de todos los demás derechos inherentes a la persona humana.
Pbro. Francisco Javier Astaburuaga Ossa
Licenciado y Doctor en Derecho Canónico
Pontificia Universidad Lateranense de Roma.