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Opinión / Cartas al Portal


Si a la vida y a la fuerza de la razón

Señor Director:

Don Antonio Bascuñan en su carta del 8 de diciembre recién pasado disiente de las afirmaciones de Mons. Fernando Chomalí, Obispo Auxiliar de Santiago, expresadas en su carta del 7 de diciembre defendiendo la vida por nacer con valentía y una bien definida antropología cristiana. Contrariamente a lo que señala el señor Bascuñan las reflexiones de Mons. Chomalí son una invitación a comprender la necesidad de defender la vida de todo inocente que está por nacer. A tomar conciencia que la "razón de la fuerza? no puede reemplazar la ?fuerza de la razón".

La carta de Mons. Chomalí es una manifestación profunda de un diálogo a favor de la vida garantizado en la constitución. Atribuir a sus escritos el carácter de "despotismo" como lo hace el señor Bascuñan en nada ayuda a una reflexión seria donde está en juego la defensa de un derecho humano fundamental, garantía de un Estado de Derecho y de un Estado democrático donde la igualdad ante la ley constituye una base fundamental de la institucionalidad democrática (Art. 1). Asimismo, el drama inherente al aborto es una cuestión sin discusión.

Más aun cuando lo dramático del acto afecta no sólo a la madre de la criatura sino que, especial y definitivamente, a ésta última, totalmente indefensa ante su agresor que actúa sobre seguro. Violando de manera fragante el legitimo derecho a la defensa consagrado en la constitución (Art. 19 Nº3).

Especialmente, en este caso, cuando se trata de un ser inocente que grita en silencio la defensa de su propia existencia. La legalización del aborto en aquellos casos y lugares donde está permitido no modifica, en absoluto, la consecuencia inevitable de la destrucción de una vida humana. Esté o no jurídicamente despenalizado, el aborto siempre se concluye con la pérdida de una vida inocente, provocando graves daños sicológicos a la madre con el síndrome post aborto. Daño del cual no se hace cargo el señor Bascuñan. Finalmente cabe señalar que los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana no están sujetos a restricción como lo establece el Art. 5 de la Constitución. Y el derecho a la vida es un de ellos.

Si el señor Bascuñan disiente no sólo de la doctrina católica en su defensa de la vida sino que tampoco integra a su escrito los principios constitucionales que regulan la convivencia nacional en vistas del bien común, debemos recordar al menos dos cosas: que la ley es el recto orden de la razón para la consecución del bien común y que aquél que disiente de la doctrina católica en materias tan esenciales debe reflexionar a efectos de formarse un recto juicio de conciencia.

El desarrollo de una sana democracia exige descubrir de nuevo la existencia de valores humanos y morales esenciales y originarios, que derivan de la verdad misma del ser humano y tutelan su dignidad. Estos son valores que ningún individuo, ninguna mayoría y ningún estado nunca pueden crear, modificar o destruir, sino que deben reconocer, respetar y promover.

Pbro. Francisco Javier Astaburuaga Ossa
Licenciado y Doctor en Derecho Canónico
Pontificia Universidad Lateranense de Roma