Ref: Motu Proprio "Summorum Pontificum"
Junto son saludarles afectuosamente, en Cristo Nuestro Señor y María santísima, me dirijo respetuosamente a vuestras Eminencias, para solicitar humildemente vuestra solícita atención y paternal compresión a los aspectos que a continuación paso a detallar.
Como es de vuestro conocimiento, nuestro querido Santo Padre Benedicto XVI, a través del documento Motu Proprio "Summorum Pontificum" ha autorizado y eliminado las restricciones existentes para el uso en nuestra Santa Madre Iglesia de la liturgia Romana tradicional o Gregoriana, confirmándose ahora su plena vigencia.
Esta expresión litúrgica, en uso desde finales del siglo XVI hasta finales del siglo XX y que fuera codificada en el misal de San Pío V y reeditada con modificaciones por el beato Juan XXIII, constituye ahora la expresión extraordinaria de la ?lex orandi? de la Iglesia Católica de Rito Latino.
Este reconocimiento de legitimidad y plena vigencia del "usus antiquior", de la Iglesia, confirma la continuidad de su tradición y el Motu Proprio "Summorum Pontificum" pone de manifiesto la continuidad intrínseca de dicha tradición, legitimando ambos Misales, como "expresiones validas de la misma fe católica" "Lex Credendi".
Ya nuestro querido y recordado Papa Juan Pablo II a través del Motu Proprio Ecclesia Dei , en su momento pidió a los obispos del mundo una mayor apertura hacia los católicos que deseaban asistir a misas celebradas según el rito tradicional. Sus palabras fueron: "además, se habrá de respetar en todas partes, la sensibilidad de todos aquellos que se sienten unidos a la tradición litúrgica latina, por medio de una amplia y generosa aplicación de las normas emanadas hace algún tiempo por la Sede Apostólica, para el uso del Misal Romano según la edición típica de 1962".
En consecuencia y estando permitido celebrar el Sacrificio de la Misa siguiendo la edición típica del misal promulgado por Juan XXIII en 1962, el cual nunca fue suprimido, como forma extraordinaria de la liturgia de la Iglesia, apelo a vuestra generosidad de Pastores, a fin de otorgar todas las facilidades necesarias para la realización de la misa en Rito extraordinario en vuestras diócesis, mediante la asignación templos y de sacerdotes en las distintas ciudades, lugares donde puedan darse las condiciones de accesibilidad y de estructura, que permitan la una apropiada celebración.
Somos no pocos fieles, que aún que dispersos y conocemos nuestro catecismo y que a la luz de esta nueva esperanza, desearíamos se nos reconociera en todas las diócesis del País, el derecho de asistir sin trabas ni obstáculos a la misa que ha alimentado al pueblo cristiano durante siglos, y ha sido alimento espiritual de tantos santos, como Santa Teresita de Los Andes y San Alberto Hurtado.
A la Sede apostólica le corresponde el ordenar la sagrada liturgia de la Iglesia universal y a pesar de que ya no es requisito una autorización explícita de los obispos para celebrar la forma extraordinaria del Rito Latino, no es menos cierto que es de vuestra misión pastoral el actuar como moderador de la liturgia en vuestras propias diócesis, en armonía con la Sede apostólica y garantizando a cada fiel sus propios derechos, incluido el de poder participar en la misa de san Pío V, como forma extraordinaria del rito Romano.
Héctor Huerta Rodríguez