Guía para novios

Guía para novios

Itinerario resumido para novios que quieren casarse por la Iglesia Católica y obtener el reconocimiento civil de su matrimonio religioso

 
Jueves 18 de Noviembre de 2004
Se encuentra en vigencia la nueva Ley de Matrimonio Civil. Para quienes deseen celebrar su matrimonio religioso ya no será necesario casarse por el civil y por la Iglesia. Desde ahora se realizará un solo matrimonio. Bastará que lo inscriban en el Registro Civil, para que el Estado y la sociedad le reconozcan efectos civiles a su unión religiosa.

De acuerdo al estado actual de la nueva ley, los pasos para contraer matrimonio religioso son:

1. Acercarse a una Parroquia: Los novios (o uno de ellos) deben ir a su parroquia (se sugiere la que corresponde al domicilio de la novia), para reservar fecha para celebrar su matrimonio e inscribirse en los cursos de preparación al matrimonio y para pedir hora ante el párroco. Si se van a casar en otro templo, deben solicitarlo con tiempo.

2. Solicitud de hora al Registro Civil: Los novios (ya sea uno de ellos, los dos, o un tercero) deben ir a una oficina de Registro Civil para solicitar hora para el trámite de la “Manifestación”, que deben hacer todos los contrayentes, ya sea previo a una celebración religiosa o civil (ver punto 3).

3. Concurrencia al Registro Civil para Manifestación: De acuerdo a la hora pre-fijada por el Registro Civil, ambos novios deben concurrir junto a dos testigos. Se les preguntará, entre otras cosas, si se casarán ante un Oficial Civil o ante ministro de culto (o “por la Iglesia”). A partir de entonces, los novios tendrán 90 días para celebrar su matrimonio, y dentro de los ocho días siguientes a esa fecha deberán volver a esa misma oficina del Registro Civil para realizar la ratificación e inscripción.

4. Ante el párroco, para hacer la Información Matrimonial eclesial: los novios, acompañados de dos testigos (pueden ser distintos a los presentados en la Manifestación ante el Civil y distintos de los que serán en la ceremonia del casamiento) se entrevistan con el párroco o quien este designe para conversar sobre el matrimonio sacramental y sus requisitos.

5. Celebración del sacramento del matrimonio ante la Iglesia: Es la ceremonia del casamiento. Al final, se firman tanto la Información Matrimonial, que queda en la Iglesia, como el Acta de Celebración de Matrimonio Religioso, que se presentará posteriormente ante el Oficial Civil para su ratificación e inscripción.

6. Ratificación e Inscripción en el Registro Civil: Dentro de los ocho días siguientes a la celebración religiosa, los esposos deben ratificar e inscribir su matrimonio en la misma oficina del Registro Civil donde realizaron la Manifestación. De este modo, los esposos quedarán comprometidos ante Dios, y también la sociedad civil les reconocerá ese compromiso y obtendrán los efectos civiles de todos los casados.

Santiago, 18-11-2004