En vísperas de la entrada en vigencia de la nueva Ley de Matrimonio Civil
Fecha: Viernes 12 de Noviembre de 2004
Referencia: 405/2004
Pais: Chile
Ciudad: Santiago
Autor: Comité Permanente
1. El próximo 18 de noviembre entrará en vigencia la nueva ley de matrimonio civil. Los Obispos de Chile daremos a conocer en las próximas semanas una Carta Pastoral sobre el matrimonio y la familia como buena noticia para toda la sociedad y en ella compartiremos con los católicos y con quienes adhieren a los valores del Evangelio, un llamado de esperanza en el valor de la vida y de la familia. Sin embargo, como Comité Permanente de la Conferencia Episcopal nos ha parecido oportuno hacer públicas algunas reflexiones que sirvan para conocer el nuevo marco jurídico en que se desarrollarán nuestras relaciones familiares y nuestras convicciones cristianas.
2. La nueva ley ha recogido diversas inquietudes y realidades presentes en nuestra sociedad en relación con el matrimonio. Valoramos la preocupación por la libertad de los contrayentes para dar el consentimiento matrimonial; asimismo el reconocimiento de la necesidad de ofrecer a quienes se casan la mejor preparación posible; la institución legal de la separación; la llamada a la conciliación y la mediación ante las rupturas; el mecanismo de las compensaciones y la creación de los Tribunales de la Familia. Era necesario regular la situación de las personas que han tenido la desgracia de una ruptura en su matrimonio, de modo que no queden sujetas a injusticias y al abandono: ni los niños ni el cónyuge más débil.
3. Sin embargo, tales intentos se han visto oscurecidos por algo que lamentamos profundamente: la introducción del divorcio vincular, el que incluso puede otorgarse por la voluntad de sólo una de las partes, como un recurso civil irrenunciable. Surge así una fuerte amenaza a la estabilidad del matrimonio y de la familia. Por eso planteamos en su momento, al igual que otras entidades, que la nueva ley debía reconocer la libertad de conciencia de quienes decidieran contraer matrimonio para toda la vida, posibilidad que fue desestimada.
4. Posteriormente la Iglesia Católica dio su apoyo a la alternativa propuesta por algunos parlamentarios: que la ley reconociera el efecto civil del matrimonio religioso celebrado en nuestra Iglesia y en todas las confesiones religiosas con personalidad jurídica de derecho público que así lo desearen. En el caso de la Iglesia Católica y de otras iglesias, esta posibilidad tiene ventajas muy relevantes. Valora el matrimonio religioso como la única celebración en la cual los novios se casan. Y valora también el acto ante el Oficial del Registro Civil -que antes era considerado por los católicos como un mero trámite – puesto que la ratificación del consentimiento ya prestado y la inscripción del matrimonio religioso ya celebrado, conferirán a éste sus efectos civiles. Termina así el doble consentimiento consecutivo, que tenía una apariencia errónea, como si los novios se casaran dos veces (“casarse por las dos leyes”).
5. Sin embargo, la puesta en práctica de la libertad de conciencia que los legisladores han reconocido, se ve entrabada por múltiples limitaciones. La ley establece un plazo demasiado breve, tan sólo ocho días, para inscribir el matrimonio religioso. Al parecer se dificultaría inscribir el matrimonio religioso por poder en el Registro Civil., a pesar de que la ley permite casarse por poder. Por otra parte, si bien un oficial del Registro Civil puede acudir a una casa o a otro lugar para ser testigo del matrimonio civil, no podría hacer lo mismo para inscribir un matrimonio religioso. Por último, si bien la ley establece que el matrimonio religioso se puede inscribir en cualquiera oficina del Registro Civil, habría disposiciones generales que no lo permiten. Como puede observarse, a pesar de la buena voluntad de los funcionarios competentes, existen ciertas reglamentaciones que podrían diluir el espíritu de la ley, dificultarían su ejecución y la podrían hacer en muchos casos inoperante. No ha sido puesta al día la reglamentación vigente.
6. Valoramos, en efecto, que se ofrezca a todos los novios contraer matrimonio una sola vez, ante Dios y para toda la vida, conforme a su conciencia y a su fe, y obtener los efectos civiles correspondientes a la ley mediante la inscripción de la alianza matrimonial ya sellada. Entre esos efectos civiles falta, sin embargo, la coherencia con la voluntad de los cónyuges de contraer un vínculo indisoluble. Es claro que la ley no tiene competencia para disolver el vínculo religioso, pero así como otorga al matrimonio religioso efectos civiles, establece la posibilidad de quitarle esos efectos civiles, por las mismas causales del divorcio, para sellar una nueva unión civil. Por eso la ley incluye un gran desafío a vivir nuestra fe, es decir, a vivir con tanta convicción, con tanta generosidad, con tanta admiración y fidelidad el mandato de Jesús de amarnos como él nos ha amado, que los cónyuges mantengan la vitalidad del primer amor, y nunca quieran recurrir a esta herramienta legal que la ley les ofrece.
7. De muchos otros puntos, sobre todo de la valiosísima inspiración que nos da la Palabra de Dios, hablaremos en la próxima Carta Pastoral. Desde ahora, continuando nuestro caminar hacia el Bicentenario, los invitamos a vivir a fondo el compromiso contraído ante Dios y la Iglesia, fortaleciendo las virtudes familiares en la doble mesa de la Palabra y de la Eucaristía, ayudando a los hermanos que están en dificultades, prolongando en él la fidelidad de Jesucristo a la Iglesia, y transformado el hogar en una casa bendecida por la presencia de Dios y en un santuario de la confianza y de la vida.
8. Hablamos por fidelidad a las enseñanzas de Nuestro Señor Jesucristo, y por eso reafirmamos nuestro compromiso con todas las familias de Chile, sin distinción. A quienes se han separado, porque se les hizo imposible la vida en común, los alentamos a ser fieles al Señor. Surgen iniciativas que facilitan con éxito el reencuentro. Y si esto no fuera posible, le pedimos al Señor que sea para ellos su Roca, Su Esperanza y su Alegría. A quienes han fundado un nuevo hogar les decimos que continúan siendo miembros de la Iglesia, y los invitamos a que participen en Ella en todo lo que legítimamente pueden hacerlo, tal como explicaremos con mayor amplitud en la Carta Pastoral sobre el matrimonio y la familia.
9. En este mes de María, en el Año de la Eucaristía, pedimos al Señor que nos ayude a ser fieles como María a los compromisos contraídos, y que María Madre tienda especialmente su mano materna sobre los esposos jóvenes, hoy más expuestos a dificultades. Como Iglesia, los invitamos a oír con el corazón la Palabra de Dios que les dará aliento y a celebrar los Sacramentos, fuentes de la Gracia del Señor, que Él concede a todos los que la imploran y la buscan.
EL COMITÉ PERMANENTE DE LA CONFERENCIA EPISCOPAL DE CHILE
† Francisco Javier Errázuriz Ossa
Cardenal Arzobispo de Santiago
Presidente
† Gonzalo Duarte García de Cortázar
Obispo de Valparaíso
Vicepresidente
† Manuel Donoso Donoso
Arzobispo de La Serena
† Alejandro Goic Karmelic
Obispo de Rancagua
Santiago, 12 de Noviembre de 2004