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REF. Nº 305/94


D E C R E T O Nº 107/94

Por el presente Decreto apruébase el Reglamento de la Campaña Cuaresma de Fraternidad, según acuerdo del Comité Permanente del Episcopado en su sesión Nº 308/94, de fecha 16 de marzo de 1994.

+ Fernando Ariztía Ruíz
Obispo de Copiapó
Presidente
Conferencia Episcopal de Chile


+ Cristián Caro Cordero
Obispo Auxiliar de Santiago
Secretario General
Conferencia Episcopal de Chile


Santiago, 11 de mayo de 1994.

CAMPAÑA CUARESMA DE FRATERNIDAD

 

El Comité Permanente de la Conferencia Episcopal de Chile decidió, en su Sesión Nº 308/94 del 16 de Marzo de 1994, darle una estructura a la Campaña teniendo en consideración la complejidad de la misma y los recursos recaudados a través de ella.

Esta organización se basa en la creación de un Consejo, que cuenta con el apoyo de la infraestructura administrativa de la Conferencia Episcopal, y que tendrá la responsabilidad superior de la Campaña. Su actividad se sujetará al siguiente Reglamento.

 

De la Campaña

Art. 1º Los objetivos de la Campaña son:

a)   Incentivar una vivencia más profunda del tiempo litúrgico de Cuaresma, especialmente en las tres dimensiones que propone la liturgia: más oración, más penitencia y más práctica del compartir;

b)   Lograr que esa vivencia espiritual se exprese en austeridad y sencillez de vida como expresión del reencuentro con el Señor y promover la solidaridad de los chilenos, y de los católicos, en particular, hacia los más necesitados; y

c)    Suscitar prácticas de solidaridad y reunir fondos para la acción social de la Iglesia y avanzar así a un mayor financiamiento local.

Art. 2º Los fondos recaudados se distribuyen: 60% en la diócesis para sus programas de acción social; 30% constituye un Fondo Nacional que financia obras seleccionadas a través de proyectos que llegan de las diócesis para un fin predeterminado; y el 10% restante se destina a cubrir los gastos de material publicitario y de recaudación de la campaña.

Art. 3º Un porcentaje entre el 5 y el 10% del Fondo Nacional, según lo recaudado en la Campaña, se pondrá a disposición del Comité Permanente de la CECH, para situaciones de emergencia en otros países, especialmente de América Latina. En caso de que en un año no sea asignado, será acumulado con el de los años siguientes.

 

Del Consejo de la Campaña

Art. 4º El Consejo está integrado por el Obispo Presidente del Área de Pastoral Social de la Conferencia Episcopal de Chile, que lo presidirá; y por cuatro personas designadas por el Comité Permanente de acuerdo a los siguientes criterios:

a)   Una que sea miembro de la Unión Social de Empresarios Cristianos (USEC);

b)  Otra que pertenezca a la Comisión Nacional Justicia y Paz, de la Conferencia Episcopal de Chile;

c)   Otras dos nombradas oyendo al Presidente del Consejo, una de las cuales será un laico representante de los movimientos apostólicos a nivel nacional.

Estos miembros durarán un período de dos años en sus funciones. Su nombramiento podrá ser renovado y se evitará que todos ellos deban ser reemplazados simultáneamente.

Art. 5º Son atribuciones del Consejo:

a)   Representar a la Campaña, especialmente ante los medios de comunicación social y conseguir su máxima colaboración;

b)   Designar de entre sus miembros un Tesorero cuyas funciones se especifican en el artículo 9º.

c)    Nombrar un Secretario Ejecutivo, distinto de los miembros del Consejo, para llevar adelante sus acuerdos, el que podrá ser remunerado y cuyas tareas se señalan en el artículo 10º.

d)   Encomendar al Secretario Ejecutivo la organización de las campañas cuyo Fondo Nacional se destinará a la finalidad que determine en cada oportunidad la Comisión Pastoral del Episcopado.

e)   Nombrar de entre sus miembros al Presidente del Comité de Proyectos.

f)    Entregar al Comité de Proyectos los criterios de asignación del Fondo Nacional para los proyectos que postulen a obtener aportes.

g)   Asignar el Fondo Nacional considerando las recomendaciones del Comité de Proyectos.

h)   Aprobar el plan publicitario de la Campaña.

i)     Rendir cuenta anual de su gestión ante el Comité Permanente del Episcopado.

 

Del Presidente del Consejo

Art. 6º Serán funciones del Presidente:

a)   Representar a la Campaña ante la CECH;

b)   Presidir las reuniones del Consejo; y

c)    Velar por el cumplimiento de los objetivos de la Campaña y por su adecuada orientación espiritual.

 

Del Comité de Proyectos

Art. 7º El Comité estará integrado, además del Presidente nombrado por el Consejo, por:

a)   El Director del Área de Pastoral Social de la Conferencia Episcopal de Chile;

b)   Uno o más miembros nominados por la Comisión Pastoral del Episcopado que tengan relación con los destinatarios del Fondo Nacional; y

c)    El Secretario Ejecutivo de la Campaña.

Art. 8º El Comité deberá:

a)   Estudiar los proyectos recibidos para optar al Fondo Nacional considerando los criterios de asignación fijados oportunamente en el Consejo; y

b)   Preparar un informe sobre el particular al Consejo, incluyendo una propuesta de asignación del Fondo Nacional.

 

Del Tesorero

Art. 9º Son funciones del Tesorero:

a)   Supervisar la entrega de los dineros correspondientes al Fondo Nacional y a los gastos de la Campaña;

b)   Cuidar la mantención de los registros contables y de la documentación de respaldo.

c)    Preparar el balance anual de la actividad de la Campaña para someterlo al Consejo;

d)   Firmar los cheques, junto con otro consejero o el secretario ejecutivo, según acuerde el Consejo.

 

Del Secretario Ejecutivo

Art. 10º Son tareas del Secretario Ejecutivo:

a)   Asistir con derecho y voz, pero sin derecho a voto, a las sesiones del Consejo y tomar actas de ellas;

b)   Preocuparse de la preparación de los materiales pastorales y publicitarios necesarios para las Campañas, su posterior elaboración y envío a las diócesis;

c)    Motivar a las diócesis a través de cartas, visitas o encuentros, en contacto con cada Obispo, y asegurarse de la organización adecuada de la Campaña en cada diócesis;

d)   Fomentar a nivel nacional el apoyo de las Áreas y Comisiones de la Conferencia Episcopal a la Campaña o motivando a los respectivos equipos diocesanos, para que colaboren dentro de su campo específico con los encargados diocesanos de la Campaña;

e)   Organizar conferencias de prensa con los medios de comunicación de alcance nacional y obtener de ellos la difusión de información sobre las Campaña y su publicidad;

f)    Buscar nuevos medios de difusión y animación para la Campaña que puedan se incorporados, a fin de que ella logre mejorar su resultado;

g)   Obtener la oportuna entrega por cada diócesis del 30% del Fondo Nacional y del 10% para gastos operacionales;

h)   Distribuir los recursos asignados para el financiamiento de los proyectos, de cuerdo con el Tesorero; y

Fiscalizar, en armonía con el Tesorero, el desarrollo de estos proyectos y obtener oportunamente la rendición de cuentas que corresponda.


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