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Sobre el matrimonio homosexual
No ha dejado de llamarme la atención la columna “Amor y matrimonio II” aparecida en el diario El Mercurio del 19 de mayo de este año firmada por Pablo Simonetti .
Se da una pobre idea de lo que es el amor reduciéndolo al de pareja. Sería bueno leer la encíclica del Papa Benedicto XVI “Deus caritas est” y “Los 4 amores” de C.S. Lewis, por ejemplo.
Señala que Juan de Dios Vial Larraín, en la columna que comenta y que critica, dice que “el amor de parejas homosexuales es además de una índole sospechosa, por hallarse involucrados individuos que no son esencialmente distintos”. Simonetti argumenta ligeramente en contra de ello y concluye sin mayor fundamentación que “ninguna de estas doctrinas filosóficas, morales o religiosas constituye en sí misma motivo suficiente para establecer regulaciones legales que otorguen o constituyan derechos”.
Luego procede argumentando que la falta de capacidad reproductiva no constituye un argumento válido contra el matrimonio de homosexuales por darse también en casos de heterosexuales. En base a esto estima que el no permitir los primeros es “traicionar un elemento que sí es central en nuestro ordenamiento democrático como es la igualdad ante la ley”.
No cae en cuenta que la ley solo puede establecer igualdad entre lo que de suyo es igual. Tal no es el caso entre el hombre y la mujer: ambos son seres humanos pero de sexo diferente. Tampoco es igual el matrimonio entre personas de distinto sexo que el pretendido entre dos del mismo sexo. La ley debe hacerse cargo de estas diferencias.
Sus afirmaciones de que, basándose en investigaciones profundas, variadas asociaciones profesionales han declarado que “el homosexualismo es una orientación sexual minoritaria y que nada tiene que ver con los trastornos de personalidad” no dan cuenta de que por decenas de años ha figurado en los textos de psiquiatría como enfermedad o conducta desviada y que finalmente ha sido retirado de estos no por avances en el conocimiento sino que por acción del poderoso lobby homosexual existente en varias asociaciones y sociedades profesionales.
No se puede destruir una institución fundamental y básica de la sociedad sólo por dar en el gusto a los homosexuales. Si bien son personas y seres humanos que deben ser respetados y tienen derechos, el matrimonio no es uno de estos. Sí, si necesario, pueden constituir otro tipo de sociedades protegidas por la ley.
Dr. Pedro Naveillan F. |
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